La aprehensión que creyeron secuestro; el indebido proceso de Carlos
Por Alma Ríos
-Tía córrale que a su hijo se lo llevan unos ministeriales- apenas escuchó eso, María Luisa Montoya salió de su casa para buscar a Carlos Alberto Estrada Montoya, quien minutos antes, fue detenido mientras compraba unas quesadillas en Santiago Miltepec, una colonia popular de Toluca.
Carlos, de 22 años de edad, fue detenido el 18 de diciembre del 2017, sin que se le presentara una orden de aprehensión, tampoco se le leyeron sus derechos ni se le permitió una llamada telefónica y no se le informó de qué delito se le acusaba hasta después de que lo ingresaron a los juzgados de Almoloya de Juárez, tal como él se quejó en una de las audiencias del juicio oral.
"Se me hace injusto, aquí me vine a enterar, de todos modos, hasta aquí me vine a enterar por qué delito estaba y nunca me quisieron decir", reprochó.
“En el trayecto, desde que lo detienen, nunca le dicen porque lo detenían, nunca se le permitió una llamada telefónica, hasta que lo ingresan, le avientan unas hojas y ahí decía: por homicidio”, recuerda la madre.
Tras la aprehensión, sus padres lo buscaron en los diferentes Ministerios Públicos del Valle de Toluca sin localizarlo en ninguno; y al no poder comunicarse con él, procedieron a presentar una denuncia por privación ilegal de la libertad ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México.
Lo acusaban los cuñados del occiso. Como testigos directos señalaron que el día de los hechos, uno de ellos y la víctima tomaban caguamas en la vía pública, cuando el justiciable se acercó y les pidió una cerveza, pero se la negaron, se fue, y minutos después regresó para cometer el crimen.
Durante el juicio, uno de los cuñados ventiló que los agentes del Ministerio Público fueron quienes les dieron a conocer el nombre del acusado.
Tras un proceso que duró sólo ocho meses, Estrada Montoya fue sentenciado a 47 años de prisión, a pesar de que el representante social de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México nunca presentó el arma, objeto o superficie para corroborar las huellas, ni tampoco alguna videograbación para comprobar la participación del acusado. El único medio de prueba fue el testimonio de los dos cuñados.
Irregularidades conforme a lo que marca la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Los ministeriales que lo detienen no presentaron orden de aprehensión
Los ministeriales que lo detienen no le informaron el motivo de la detención
Los ministeriales que lo detuvieron no le leyeron sus derechos
Estuvo incomunicado /no le respetaron el derecho de hacer una llamada telefónica
El ministerio público nunca presentó el arma
No se demostró que estuvo en el lugar de los hechos
El Ministerio Público dio el nombre de Carlos a quienes lo acusaban
Esta historia se basa en videos de las audiencias del juicio oral, documentos y testimonios de familiares.
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